31 de diciembre de 2007

El llanto de Raquel


la Argentina oculta, -de la que gustaba hablar el difunto Mons. Vicente Zazpe- la que no aparece publicitada pero que es honesta y fiel a sus principios, llora también ahora por el asesinato, ya público, de sus hijos más pequeños y desvalidos”

1.-El llanto de Raquel

Así habla el Señor: ¡Escuchen! En Ramá se oyen lamentos, llantos de amargura: es Raquel que llora a sus hijos; ella no quiere ser consolada, porque ya no existen” (Jeremías 31, 15).

Este texto de Jeremías profeta, se refiere a Raquel, madre de José, -padre de Efraín y Manasés, las más importantes entre las tribus del Norte- , y Benjamín. Al caer Samaría, capital del Reino del Norte, Raquel llorando a sus hijos personifica al mismo Israel que llora por la muerte y el destierro de los miembros de las tribus de Efraín, Manasés y Benjamín.

La caída del reino del Norte en definitiva, es fruto del pecado y de su lejanía del Dios verdadero. De hecho, el hombre no puede subsistir por sí mismo si no se funda en la piedra viva que es el mismo Dios, su Señor.

La ruptura de la alianza con Dios trae siempre como consecuencia la destrucción del mismo hombre. De allí que no es de extrañar que sea la nuestra, una época histórica en la que el hombre se encuentra tan extraviado, justamente porque ha perdido su vinculación con el Creador.

Para colmo de males a medida que pasa el tiempo, no se vislumbra un corazón humano arrepentido, sino más bien endurecido en sus caprichos, en sus puntos de vista y en sus proyectos ausentes de Dios.

2.-La matanza de los inocentes

Este texto de Jeremías es retomado por el Evangelio de Jesucristo según San Mateo (cap.2, 18) al referirse a la matanza de los inocentes menores de dos años en la ciudad de Belén.

Mateo aplica el texto de Jeremías a la muerte de los inocentes asesinados por Herodes a causa del odio a Jesús, de quien temía le arrebatara el trono, fundándose, tal vez, en la tradición que sitúa la tumba de Raquel en territorio de Belén.

Aparece así, desde vieja data, la visión desalmada del hombre, que ve en cada niño, especialmente el no nacido, a un potencial enemigo para sus propios intereses.

De hecho la planificación internacional de la matanza de niños, o su posterior esclavitud si han nacido, apunta a menguar las bocas en el mundo para engordar la opulencia de los ricos, a quienes, -únicamente a ellos- según la ley del más fuerte, se les reconoce el derecho de supervivencia.

El tiempo litúrgico de la Navidad que estamos celebrando viene a colocarnos nuevamente ante el Niño recién nacido en Belén que nos está diciendo “aquí estoy yo para afirmar la dignidad de la persona desde su concepción hasta su muerte natural”.

En efecto, el Hijo de Dios se hace hombre para entrar de lleno en nuestra historia y mostrarnos el camino de la divinización.

Si Dios quiere tanto al hombre que quiere hacerlo partícipe de su misma vida, y por ello no sólo nace sino que muere y resucita, ¿quién es el hombre, por más poder que tenga –que siempre es endeble y pasajero- para decidir a cuáles de sus hermanos eliminar?

3.-La matanza de los niños hebreos

Esta eliminación de inocentes provocada por políticas de Estado, tiene un antecedente clarísimo en el texto del libro del Éxodo (cap.1, 6-final) cuando “asumió el poder en Egipto un nuevo rey, que no había conocido a José. El dijo a su pueblo: “El pueblo de los israelitas es más numeroso y fuerte que nosotros. Es preciso tomar precauciones contra él, para impedir que siga multiplicándose” (vv.8-10).

En realidad se trató de una Ley de “salud reproductiva”, -eufemismo con el que se quiere acallar las conciencias-, no tan defendida e impuesta como en la actualidad ya que carecían del poder comunicacional propagandístico del mundo globalizado

Interesante resulta captar en el razonamiento del Faraón el mismo fundamento que existe en la actualidad para convalidar el aborto y cualquier otra forma de control de la natalidad.

En efecto el lavado de las conciencias no resultaba tan fácil como en nuestro tiempo.

¿Cuál es el fundamento de la eliminación de los inocentes? El que el pueblo de los israelitas “es más numeroso y fuerte que nosotros”.

Traducido a nuestra época se afirmaría que el conjunto de los pobres, pequeños, enfermos y desvalidos del mundo son más numerosos que los opulentos, vividores y poderosos de esta sociedad hedonista, y por lo tanto hay que impedir que sigan creciendo.

En realidad es una lucha de clases encubierta que se va haciendo cada vez más pública en la que lo débil de este mundo es una interpelación y “afrenta” al mundo globalizado que busca imponer a toda costa el dogma del placer y del disfrute por encima de todas las cosas, incluyendo la vida misma.

Pero como Dios elige lo débil de este mundo para confundir a lo fuerte, el “pueblo creció cada vez más y se hizo muy poderoso” (vers.20) y el Señor fue bondadoso con las parteras que temiéndole no accedían al plan del Faraón (cf.vv. 17.20 y 21).

Importante es esta advertencia del texto bíblico, ya que a pesar de los esfuerzos de los grandes por exterminar a los pequeños, se verá el triunfo de los que son fieles a la dignidad de la persona humana, y la defienden.

4.- El Llanto de Argentina

Decíamos al principio de este artículo que Raquel llorando a sus hijos personifica al

mismo reino del Norte que llora por la muerte y el destierro de los miembros de las tribus de Efraín, Manasés y Benjamín.

Pues bien, la Argentina oculta, -de la que gustaba hablar el difunto Mons. Vicente Zazpe- la que no aparece publicitada pero que es honesta y fiel a sus principios, llora también ahora por el asesinato, ya público, de sus hijos más pequeños y desvalidos.

Este año que ya culmina se vio marcado por el asesinato de un niño aprobado por la justicia entrerriana.

En efecto, la noticia que nos llegaba el pasado 21 de septiembre decía : “La Sala 2 en lo Civil y Comercial del Tribunal Superior de Justicia de Entre Ríos dictaminó ayer que no hace falta autorización judicial para practicar el aborto de la menor discapacitada embarazada tras una violación. Los tres vocales de la Sala 2 en lo Civil y Comercial de la Corte entrerriana, Juan Carlos Ardoy, Emilio Castrillón y Leonor Pañeda, rechazaron el recurso interpuesto por el padre de la joven embarazada, cercenando la patria potestad. De este modo la Corte confirmó la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, que había levantado la prohibición para practicar el aborto dictada por la jueza de Menores Claudia Salomón”. (Notivida nº 469. 21/09/07).

Con el apoyo y beneplácito del gobierno nacional, provincial y del Inadi, se ajustició al niño no nacido, seguramente brindando todos en las copas del negocio con la sangre vertida.

Hace un tiempo, emitieron por TV por cable una película que mostraba cómo una mujer cocinaba una especie de buñuelos con la carne y las vísceras trituradas de niños abortados y luego los servía de comida a las “clientas” que con ese espeluznante menú mantenían su belleza y juventud. ¿Estaremos también a las puertas de “globalizar” en el mundo algo tan aterrador?

5.-El Código Penal Argentino

Para analizar lo planteado anteriormente conviene repasar qué dice el Código Penal al respecto: Artículo 85. - El que causare un aborto será reprimido: 1º) Con reclusión o prisión de tres a diez años, si obrare sin consentimiento de la mujer. Esta pena podrá elevarse hasta quince años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer.

2º) Con reclusión o prisión de uno a cuatro años, si obrare con consentimiento de la mujer. El máximum de la pena se elevará a seis años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer.

Artículo 86. - Incurrirán en las penas establecidas en el artículo anterior y sufrirán, además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena, los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo.

El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible:

1º) Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.

2º) Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.”

Como se puede observar, el aborto es un delito que lleva aneja una pena concreta, señalando el art. 86 aquellas situaciones en que el mismo no es punible.

Adviértase eso sí que el hecho de que se exima de la pena en contextos concretos, no significa por ello que la acción sea buena, por el contrario la acción voluntaria que provoca la muerte de una persona inocente será siempre intrínsecamente mala y jamás puede ser justificada.

Como el aborto constituye un delito penalizado, una vez cometido debería ser examinado por el juez, quien en cada caso particular denunciado verá si se cumple o no lo preceptuado por la ley.

O sea que al juez le compete, después del hecho, decir si hay o no pena correspondiente, subsistiendo por supuesto el principio de que la acción en sí misma es mala, moralmente hablando, acción que no pueda ser justificada por potestad humana alguna.

6.-“La justicia” de la injusticia

Por lo tanto es un grave abuso de quienes detentan la autoridad en el ejercicio de la justicia, determinar antes del hecho futurible la legalidad del mismo.

Por otra parte, el objeto de la justicia es el derecho o “lo que es debido a toda persona”, siendo la vida misma el primer derecho.

De esto se concluye por lo tanto, que el mismo artículo 86 es moral y jurídicamente malo ya que no preserva la vida inocente siempre, haciendo abstracción de la situación que sea, abriendo así la puerta a que con facilidad se piense que el no matarás al inocente pueda tener excepciones.

Se podrá argüir que si siempre rige el no matarás, tampoco sería lícita la legítima defensa, cosa desatinada en verdad.

En realidad esto se inscribe en la necesaria distinción entre el “no matarás” y el “no matarás al inocente”.

Si Dios quiere, ya escribiré en otro artículo sobre este tema.

En el caso que nos ocupa, lo insólito está en que habiendo pedido el padre de la joven embarazada el no aborto, ya que él se haría cargo de su nieto o nieta, los jueces prefirieron escuchar a la madre de la joven que pedía cuál moderna Medea, la muerte del no nacido.

7.-Un fallo perverso.

¡Nótese en estas actitudes judiciales cuánta perversidad existe! No es la primera vez que en la Argentina, a pesar de existir almas nobles que se ofrecen para adoptar a quien se pretende abortar, los fautores de la cultura de la muerte se enfurecen e insisten con más énfasis en la destrucción del no nacido.

Agrava la resolución judicial el que se utilice la falsedad para llegar al fallo. Veamos que nos dice el Secretariado Nacional para la Familia de la Conferencia Episcopal Argentina: “La corte entrerriana sostuvo que en el caso "Tanus", la Corte Suprema había autorizado un aborto, declarando constitucional el art. 86 del Código Penal. En verdad dicho fallo dejó expresamente aclarado, que el caso fue un adelantamiento del parto, pues el feto era viable y, por tanto quedaba excluido el aborto. Fundar un fallo en una falsedad es un delito. Se llama prevaricato (art. 269 del Código Penal). Aún no se inició el proceso de destitución de los firmantes de ese fallo inicuo” (Notivida nº 471 del 26 de septiembre de 2007).

No resulta extraño que habiéndose pedido el enjuiciamiento de estos jueces –ya que en última instancia prevalece sobre el Código penal lo establecido y protegido en la Constitución Nacional, cuya doctrina debería ser conocida por los que pretenden administrar justicia-, haya existido un silencio cómplice amparando lo resuelto.

En rigor es patente en nuestros días que lo que atenta contra la vida tiene carta de ciudadanía en nuestra Patria, y que por el contrario toda intervención judicial que intente desbaratar el negocio y la corrupción política tiene la muerte anunciada sobre su cabeza, con la sospecha general entre los ciudadanos de que se seguirá la expulsión de los jueces.

Esto debe ser distinguido para no colocar en la misma bolsa de la inoperancia y del juego político a todos los que han de administrar justicia, libre y sin presión política alguna.

Concluyendo recordemos que el Niño recién nacido, hacia quien se dirige todo intento abortista interpela a todos, invitándonos a la conversión para fomentar la paz y la dignidad de la persona humana.

Pidámosle a El que la indefensión de nuestras personas, canonizada con el amparo del aborto de parte de ciertos jueces, no sea más que un sueño.

Quiera Dios comencemos el año Nuevo con la seguridad de un mayor respeto por la dignidad de las personas.

Padre Ricardo B. Mazza, Director del CEPS “Santo Tomás Moro” y del Grupo Pro-Vida “Juan Pablo II.

31 de diciembre de 2007-12-31

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